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Absueltos los seis acusados del juicio por los presuntos amaños del Eldense

El juicio por los presuntos amaños del Eldense en la temporada 2016-2017 acaba en absolución para los seis acusados de hasta tres delitos. El juzgado de lo Penal de Alicante ha valorado que los diversos testimonios sobre presuntos ofrecimientos para predeterminar resultados no quedan acreditados al no ser corroborados por otras pruebas, e incluso llegar a contradecirse entre sí.

En el proceso, que llega a sentencia tras nueve años, se acusaba a Nobile Capuani, inversor italiano que tomó el control del Eldense entre enero y abril de 2017Filippo di Pierro y Fran Ruiz, entrenadores que trajo a la entidad, así como los jugadores MaikiNico Cháfer y su hermano Jesús Cháfer. A todos se les imputaba el delito de corrupción en los negocios por su participación en el presunto amaño de cinco partidos de Segunda B. A todos menos a Maiki se les acusó de pertenencia a grupo criminal, y en añadido a Capuani se le imputó el delito de falsedad documental.

El delito de corrupción fue el que centró más discusión en el juicio. Según sostuvieron las acusaciones, Capuani y Cháfer realizaron propuestas de amaños hasta en cinco partidos de aquella temporada, recogidas en los testimonios directos de los futbolistas Guille SmitarelloJoseja AmatAlberto Carbonell, Mendy y el propio Fran Ruiz. La sentencia, redactada por la magistrada Teresa María Belmonte, no consideró suficientemente acreditadas las versiones de los testigos al no estar corroboradas por otras pruebas y por tratarse, en algunos casos, de versiones contradictorias.

La palabra de Smitarello contra la de Capuani

Si bien Guille Smitarello declaró que Capuani le había ofrecido directamente dinero para predeterminar el resultado del Villarreal B-Eldense, la sentencia pondera que Smitarello ya había declarado también como investigado, sin obligación de decir la verdad, en la fase de instrucción. Del mismo modo, resalta que ningún otro testigo manifestó que Capuani le hubiese hecho una oferta de este tipo.

A lo largo del proceso varios testigos se refirieron a una presunta reunión en el parque de bomberos de San Vicente en la que Nico Cháfer y su hermano Jesús habrían propuesto amañar el Cornellá-Eldense. La magistrada determina que no hay constancia de aquella reunión, de la que no hay más que testimonios, ni de la creación del grupo de Whatsapp donde Guille Smitarello y Alberto Carbonell aseguran que les fue reiterada la proposición. De aquel chat solo queda un pantallazo impugnado y del cual no se practicó prueba pericial, por lo que el juzgado no le da entidad probatoria.

Sí que hay constancia de otra reunión, realizada en el puerto de Alicante entre Capuani, Di Pierro y cinco jugadores entre los que figuraban Nico Cháfer, Guille y Carbonell. Sin embargo, los testimonios al respecto se contradicen, especialmente los de Guille y Carbonell, que difieren sobre si hubo o no una propuesta de amaño por parte de Capuani.

Otro elemento del delito de corrupción en los negocios, sobre el que las defensas y acusaciones hicieron reiteradas preguntas a los testigos, es la necesidad de que la conducta se llevase a cabo en una competición de especial relevancia económica o deportiva.

Los baremos para determinar si en aquel año Segunda B podía considerarse como tal se hallan en que más de la mitad de los participantes del torneo percibieran remuneración económica, y que el torneo esté calificado en el calendario deportivo anual, en este caso, de la RFEF. La magistrada considera no acreditadas ninguna de estas dos condiciones, aún a pesar de que todos los futbolistas testigos declarasen que sí cobraban.

Descarta los informes de LaLiga y la UDEF

En cuanto a sendos informes aportados por LaLiga, relativos a la naturaleza del "grupo inversor" italiano al que presuntamente pertenecía Capuani y a los movimientos de apuestas en los cinco partidos investigados, la sentencia considera que no tienen valor probatorio al basarse el primero en fuentes abiertas y el segundo en "meras sospechas tras el análisis de las apuestas".

Finalmente, y tras la valoración conjunta del juicio oral, la magistrada no ha coincidido con la las conclusiones del informe de la UDEF, que apuntaba a dos organizaciones criminales paralelasuna encabezada por Capuani y en la que Di Pierro era ejecutor, y otra denominada "asiática", en la que Nico Cháfer junto a Maiki como "mano derecha" habrían operado a la sombra de un entramado asiático.

Sobre el delito de falsedad documental, imputado a Capuani, la sentencia se remite a la jurisprudencia del Supremo para determinar que el informe pericial, que atribuye al empresario italiano la autoría de cuatro firmas dubitadas, no es una prueba concluyente al haberse realizado sobre fotocopias.

En relación al delito de integración en grupo criminal, el juzgado de lo Penal no da por probado que se actuara de forma concertada con la finalidad de cometer delitos de corrupción en los negocios.

Por estas motivaciones, la magistrada ha absuelto de todos los delitos imputados a todos los acusados al persistir dudas razonables sobre su culpabilidad. Sobre la decisión cabe recurso a la Audiencia Provincial de Alicante, opción que ya han confirmado fuentes de la acusación particular del Eldense y a la que se sumarán LaLiga y el Ministerio Fiscal, mientras que la RFEF se encuentra todavía valorando cuál será su actuación.

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